Ayudas para la digitalización de empresas en Extremadura
Ayudas para la digitalización de empresas de Extremadura

Ayudas para la digitalización de empresas de Extremadura:Información, servicios, cuantía y plazos de solicitud.

¿Tienes una pyme o eres autónomo en cualquier zona de Cáceres o Badajoz? Ahora puedes solicitar las ayudas digitales para empresas de la región, con subvenciones que abarcan desde página web, marketing online, redes sociales, SEO, SEM o ciberseguridad, factura electrónica, CRM... Te contamos.
Autónomo en su negocio en Cáceres revisando su estrategia de marketing digital en un ordenador

La Junta de Extremadura ha publicado una nueva convocatoria de ayudas a la digitalización de empresas de la región, enfocado a facilitar la inversión en servicios clave como sitios web, estrategias de marketing digital y soluciones de software para la gestión integral del negocio.

Estas ayudas públicas forman parte de una segunda convocatoria de “Subvenciones 2026 a empresas para la Transformación Digital (Digitalización del sector servicios) en la CA de Extremadura” de las subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes en cualquier punto de Cáceres o Badajoz y contemplan una dotación máxima de 20.000 euros por beneficiario.

Si eres una empresa que quiere un diseño web en Badajoz o buscas subvenciones para autónomos en Extremadura que te impulsen el posicionamiento o marketing de tu negocio, este contenido te dirá todos los detalles que debes conocer sobre la cuantía, plazos y requisitos que debes cumplir para optar a las ayudas.

También puedes saber de forma fácil y rápida si puedes optar a las ayudas, accediendo a nuestro test sencillo que evalúa si eres apto o no para esta subvención.

Descubre si optas a las ayudas para pymes y autónomos de Extremadura

A continuación, te explicaremos todos los detalles de las ayudas digitales para empresas de Extremadura, detallando los requisitos para optar a la subvención de pymes para el diseño web, marketing digital, redes sociales, SEO y SEM, facturación electrónica, comercio electrónico, ciberseguridad, CRM, ERP o facturación electrónica.

¿Eres una pyme de Extremadura? Pide tu ayuda de hasta 20.000 euros por beneficiario. Hasta el 13 de agosto del 2026. ¡No te quedes sin ella! Lo quiero

Infografía conceptual de la comunidad de Extremadura con iconos de conectividad, páginas web y redes sociales en Cáceres y Badajoz¿Qué son las ayudas a la digitalización de empresas de Extremadura?

Las ayudas a la digitalización de empresas de Extremadura son subvenciones destinadas a impulsar la transformación tecnológica de pymes y autónomos de la región. Estas subvenciones financian hasta el 80% de la inversión, con un máximo de 20.000 euros por beneficiario.

Las subvenciones para pymes de Extremadura buscan mejorar la productividad y competitividad regional, mediante servicios como SEO, redes sociales, ERP y ciberseguridad. Se gestionan telemáticamente y cuentan con fondos europeos FEDER para modernizar eficazmente todo el sector de servicios.

¿Quiénes son las entidades beneficiarias de estas ayudas de Extremadura?

Pueden acceder a estas ayudas las empresas que tengan un centro productivo en Extremadura y que sean:

  • Pymes. Pequeñas y medianas empresas de cualquier forma jurídica. Se entiende por pyme aquella con menos de 250 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual no supera los 50 millones de euros (o un balance general de hasta 43 millones).
  • Autónomos: Trabajadores por cuenta propia.
  • Agrupaciones: Grupos de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier unidad económica o patrimonio separado. En estos casos, cada miembro es considerado beneficiario y debe nombrar un representante único.
  • UTEs: Uniones temporales de empresarios, que deben estar constituidas en el momento de la solicitud.

Lista de verificación sobre un escritorio con un bolígrafo, representando los requisitos necesarios para las empresas extremeñas¿Qué requisitos principales deben cumplir las empresas?

Para obtener la subvención, los solicitantes deben cumplir estos requisitos a la fecha de presentación:

  • Ubicación: Tener un centro productivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Obligaciones legales: Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (con la Hacienda Estatal y la Autonómica) y frente a la Seguridad Social.
  • No tener prohibiciones: No estar incursos en ninguna de las causas de prohibición de la Ley General de Subvenciones, como condenas por delitos de prevaricación, fraude, malversación o insolvencia.
  • Residencia fiscal: No tener la residencia fiscal en un país calificado como paraíso fiscal.
  • Reintegro de ayudas: No tener deudas pendientes por reintegro de otras subvenciones.
  • Conflicto de interés: Firmar una Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI).
  • Límite de ayudas (Minimis): El importe total de las ayudas de minimis concedidas a la empresa no puede exceder de 300.000 euros en los tres años previos.

Además de estos requisitos, las empresas que obtengan las ayudas a la digitalización de Extremadura, tienen unas obligaciones de mantenimiento de los servicios digitales para los que han invertido la subvención.

En concreto, una vez concedida la ayuda, los beneficiarios se comprometen a mantener la actividad de la empresa y la operatividad de los servicios subvencionados en Extremadura, durante al menos 3 años consecutivos.

En el caso de autónomos, deben permanecer de alta en el RETA durante esos 3 años y mantener la actividad económica específica durante al menos 2 años ininterrumpidos.

Las empresas que obtengan la ayuda deberán mantenerla y seguir operando en Extremadura durante al menos 3 años seguidos

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¿Qué empresas quedan excluidas de estas ayudas?

No pueden optar a la subvención de digitalización de la Junta de Extremadura, entre otras, las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca, acuicultura y agricultura, así como las entidades sin ánimo de lucro y las empresas públicas.

Tampoco podrán ser beneficiarias aquellas empresas que ya recibieron ayudas para los mismos servicios en convocatorias anteriores a esta.

Gráfico de barras digital mostrando el crecimiento del presupuesto de un negocio y un indicador que destaca el ochenta por ciento de inversión cubiertaCuantía máxima y mínima de la subvención de la Junta de Extremadura para la digitalización de pymes y autónomos

  • Intensidad de la ayuda: Se financia el 80% de la inversión subvencionable.
  • Límite máximo: El importe máximo por beneficiario es de 20.000 euros, independientemente del número de servicios que se contraten.
  • Ayudas de minimis: El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no puede exceder de 300.000 euros en un período de tres años.

No se establece un importe mínimo de solicitud, pero existe un umbral de ejecución obligatoria: si la inversión final justificada no alcanza al menos el 60% de la inversión aprobada, se procederá a la revocación total de la ayuda.

¿Qué servicios se financian con las ayudas de Extremadura y qué cuantía tienen?

Al igual que pasaba con el Programa Kit Digital en Extremadura, las ayudas de digitalización de pymes en Extremadura tienen diferentes categorías tecnológicas donde las empresas y los autónomos de la región pueden invertir hasta 20.000 euros por beneficiario que pueden llegar a obtener.

  • Presencia en Internet: Las empresas pueden crear un nuevo diseño web o mejorar el ya existente. Cuentan con hasta 500 € de ayuda para este servicio.
  • Tienda online: Las empresas pueden invertir hasta 4.000 € de ayudas en esta categoría de servicio, que supone la creación de una web destinada al comercio electrónico o la mejora de una ya existente.
  • Marketing Online (SEO y SEM): Los beneficios pueden invertir hasta 7.000 € en acciones y estrategias publicitarias o comerciales que se ejecutan en los medios y canales de internet: SEO, SEM, enlaces patrocinados o Ads en Google, redes sociales…
  • Gestión de Redes Sociales (Community Manager): Pueden invertir hasta 250 € mensuales, con un máximo de 3.000 € de ayuda en la gestión profesional de sus redes sociales.
  • Mejora de Imagen Digital (multimedia): La empresa o entidad beneficiaria dispondrá de hasta 2.000 € a canalizar en contenidos multimedia que le promocionen en su web, redes sociales o tienda online.
  • ERP (Gestión empresarial): La empresa tendrá la opción de invertir hasta 5.000 € de estas ayudas en la integración de un software informático que centralice la información del negocio: logística, producción, marketing, servicios, proyectos…
  • CRM (Gestión de clientes): En este caso, la entidad beneficiaria tiene hasta 5.000 € de inversión a dedicar en un software informático para la gestión integrada de clientes en sus diferentes fases.
  • Facturación electrónica: La empresa beneficiaria dispone de hasta 5.000 € de cuantía a invertir en la integración de software que permita la facturación electrónica con: generación de facturas electrónicas y capacidad de personalización de diseño y formato. También deben poderse almacenar asegurando la integridad y confidencialidad de la información. Para cumplir con la normativa, deberá poderse hacer seguimiento de pagos y el sistema contar con los requisitos de cumplimiento legal y normativo, tanto en la gestión, como en la seguridad y confidencialidad de los datos.
  • Plataforma B2B: Podrá invertir hasta 5.000 € de ayudas a la integración de software para facilitar las transacciones comerciales entre empresas, como son, por ejemplo los marketplaces.
  • Seguridad Informática: Las empresas tendrán hasta 12.000 € (incluye auditoría de hasta 1.500 € y plan de implantación de hasta 3.000 €) para desarrollar servicios de ciberseguridad, con la implantación de un Plan de seguridad informática y de los sistemas tecnológicos para llevarlo a cabo.
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¿Qué costes son subvencionables y cuáles no?

Costes directos subvencionables

  • Consultoría, asistencia técnica y formación: Hasta un 20% del total de la inversión realizada.
  • Software: Desarrollo, adquisición, licencias y servicios en la nube (cloud).
  • Hardware: Únicamente dispositivos específicos, exclusivos y necesarios para el funcionamiento de la solución tecnológica.
  • Dominios y alojamiento: Alta de dominios y alojamiento del primer año para webs y tiendas online.
  • Publicidad SEM: Tarifas de enlaces patrocinados y gastos de gestión (estos últimos hasta un 20% del importe de las tarifas)

Gastos no subvencionables

  • Equipamiento informático básico: Ordenadores de sobremesa, portátiles e impresoras de uso general.
  • IVA: El importe de la inversión debe indicarse siempre sin considerar el IVA.
  • Gastos previos: No se subvencionan servicios iniciados o pagados antes de la publicación de la convocatoria.
  • Suscripciones mensuales: No son subvencionables aquellas cuotas fuera del plazo de ejecución del proyecto

Un primer plano de un calendario y un reloj sobre un escritorio de oficina donde se planifica el plazo de las subvenciones digitales¿Qué plazos hay para solicitar y ejecutar las ayudas de la Junta de Extremadura para la digitalización?

Para esta segunda convocatoria de 2026 de “Subvenciones 2026 a empresas para la Transformación Digital (Digitalización del sector servicios) en la CA de Extremadura, s/ Resolución de 17 de Abril de 2026” se establecen los siguientes plazos de solicitud, ejecución y justificación:

Plazos de solicitud de las ayudas de digitalización

  • Periodo de vigencia: El plazo para presentar las solicitudes es de 3 meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) es decir, desde el 14 de mayo.
  • Fecha límite: Para la convocatoria actual, por lo tanto, el plazo para presentar las solicitudes de ayudas a la digitalización de Extremadura finaliza el 13 de agosto de 2026.
  • Tramitación: Las solicitudes deben presentarse exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.

Plazos de justificación de las ayudas

  • Presentación de documentación: Una vez finalizado el plazo de ejecución de las actuaciones, el beneficiario dispone de 1 mes para presentar la justificación de la ejecución y el pago de las inversiones.
  • Validez de facturas: Todas las facturas y sus justificantes de pago deben tener fecha anterior a la finalización de este mes de plazo de justificación; de lo contrario, no serán admitidas..
  • Obligación de Mantenimiento: Tras la ejecución, existe el compromiso de mantener la actividad empresarial y la operatividad de los servicios subvencionados en Extremadura durante al menos 3 años consecutivos, a contar desde la presentación de la solicitud de pago o liquidación.En el caso de autónomos, deben permanecer de alta en el RETA durante esos 3 años y mantener la actividad económica específica al menos 2 años ininterrumpidos.

¿Cómo se realiza la tramitación telemática de la solicitud?

La tramitación de la solicitud de estas ayudas de digitalización de la Junta de Extremadura se realiza exclusivamente de forma electrónica, siguiendo estos pasos y requisitos establecidos en las bases reguladoras:

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1. Portal de acceso y enlace directo

La solicitud debe tramitarse a través del punto de acceso general electrónico de la Junta de Extremadura. Específicamente, se debe acceder a la ficha del trámite en la siguiente dirección: https://www.juntaex.es/w/0706324

Desde este enlace se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para completar la presentación.

2. Requisitos de identificación y firma

Para poder autenticarse y firmar la solicitud digitalmente, es obligatorio disponer de alguno de los siguientes medios en vigor:

  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico

Estos certificados deben estar correctamente configurados y validados en el equipo desde el que se realice el trámite.

Asesor digital estrechando la mano de un autónomo extremeño tras gestionar con éxito su subvención de diseño web3. Documentación a adjuntar

Al cumplimentar el modelo normalizado de solicitud, se debe adjuntar la siguiente documentación digitalizada:

  • Escritura de Constitución y estatutos vigentes de la pyme.
  • Memoria de actuaciones (Anexo II): Un documento técnico que detalle el proyecto de digitalización, los objetivos y el presupuesto estimado.
  • Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI): Firmada electrónicamente por el solicitante.

4. Consentimientos y Consultas de Oficio

El formulario de solicitud permite autorizar a la Dirección General de Digitalización Regional para que consulte de oficio datos como:

  • Estar al corriente con la Hacienda Estatal, Autonómica y la Seguridad Social.
  • Informes de vida laboral y plantilla media de trabajadores.
  • Datos de identidad y alta en el IAE.

Si el interesado se opone expresamente a estas consultas (marcando la casilla correspondiente en el Anexo I), estará obligado a aportar él mismo los certificados y documentos requeridos.

5. Seguimiento del Expediente

Una vez presentada la solicitud, el interesado puede consultar el estado de su trámite y las posibles notificaciones a través del portal https://tramites.juntaex.es, en el apartado específico de Expedientes.

Extremadura se digitaliza. Es el mejor momento para transformar tu negocio.Las ayudas para la digitalización de pymes y autónomos de Cáceres, Badajoz y cualquier localidad de la región permitirán impulsar digitalmente al pequeño y mediano negocio. ¡Aprovecha la oportunidad antes de que se acaben!

Déjanos tus datos. Nos pondremos en contacto contigo para informarte de estas ayudas para empresas de Extremadura.

Condiciones legales

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