Verifactu y multas de 50.000€ - Cosmomedia
Factura electrónica en España: qué es y cuándo pasa a ser obligatoria

Verifactu: La multa de 50.000€ que la pyme debe conocer

La Ley Antifraude establece importantes sanciones para las empresas que incumplan con Verifactu

La Ley Antifraude establece importantes sanciones para las empresas que incumplan con Verifactu.

En el marco de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, ha surgido una figura técnica que redefine la relación entre la Agencia Tributaria y las empresas españolas: el sistema Verifactu

Foto de una pyme enfrentando la penalización por error en Verifactu.

¿Qué es Verifactu? ¿Qué sanciones contempla la Ley Antifraude por incumplir este sistema?

Verifactu es un sistema de facturación verificado de la Agencia Tributaria Española (AEAT) que, bajo la Ley Antifraude y el Real Decreto 1007/2023, obliga a empresas y autónomos a enviar automáticamente los registros de facturación a Hacienda en tiempo real.

Esta normativa no solo establece un estándar para los registros digitales, sino que introduce un régimen sancionador severo que toda pyme y autónomo debe analizar con detalle.

La cifra de 50.000 euros se ha convertido en el eje central de la preocupación empresarial, ya que representa la sanción mínima por el incumplimiento de los nuevos requisitos de software.

Has leído bien, la sanción puede llegar a alcanzar los 150.000 euros para fabricantes de software no homologado.

Aunque el Gobierno ha aplazado su implementación obligatoria hasta 2027, un sistema de facturación no se cambia de la noche a la mañana. Te contamos por qué debes tomarte muy en serio los 50.000 euros de multa.

El régimen sancionador de la Ley Antifraude

La base jurídica de las sanciones se sustenta en la modificación del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria (LGT). La normativa califica como infracción grave la tenencia de sistemas informáticos que no cumplan con los requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

Lo que diferencia a Verifactu de otros modelos impositivos es el objeto de la sanción. Por primera vez, Hacienda no sanciona únicamente el impago de un impuesto, sino la mera posesión o uso de un software de facturación que carezca de la certificación oficial o que permita la manipulación de datos.

Es lo que se conoce como “la prohibición del software de doble uso", diseñado para ocultar ventas o llevar contabilidades paralelas.

Desglose oficial de las multas para empresas y autónomos

La ley establece una escala de sanciones proporcional a la gravedad de la falta y al rol del infractor dentro del ecosistema digital:

  • Tenencia de software no certificado: Se establece una multa pecuniaria fija de 50.000 euros por cada ejercicio en el que se haya utilizado o poseído un sistema informático que no se ajuste a la normativa.
  • Manipulación y ocultación: En casos donde se demuestre que el software ha sido alterado deliberadamente para falsear cuentas o borrar trazas digitales, la sanción puede ascender a los 150.000 euros por cada ejercicio fiscal.
  • Incumplimientos formales: Errores en la generación de códigos QR o en la estructura de los registros enviados a la AEAT pueden derivar en multas adicionales de hasta 10.000 euros por errores de formato o falta de colaboración.

Impacto de la Orden Ministerial HAC/1177/2024 en los plazos

Tras la publicación de la Orden Ministerial que detalla las especificaciones técnicas, el calendario de 2026 se ha configurado como un periodo de transición legal. Aunque la Ley Antifraude ya está vigente, el horizonte de obligatoriedad para el cumplimiento del sistema Verifactu se ha desplazado para permitir una implementación fluida del tejido empresarial:

  • 1 de enero de 2027: Obligatoriedad para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades. A partir de esta fecha, la inspección podrá aplicar la sanción de 50.000€ ante cualquier irregularidad en el software.
  • 1 de julio de 2027: Fecha límite para el resto de obligados tributarios, incluyendo autónomos en estimación directa y pymes que no sean sociedades.

Es importante destacar que el riesgo de sanción no desaparece por el aplazamiento; simplemente se traslada el inicio del periodo de control estricto. La Agencia Tributaria utiliza este margen para que los desarrolladores de software certifiquen sus herramientas mediante la Declaración Responsable, documento que el usuario final debe conservar como prueba de su cumplimiento.

Régimen Sancionador: Ley Antifraude y Veri*factu (España 2026) Vigente en territorio nacional de España
Tipo de Infracción Descripción de la falta Sanción Económica Base Legal
Tenencia de software no certificado Poseer programas de facturación que no cumplan los requisitos de inalterabilidad y trazabilidad (Verifactu). 50.000 € por ejercicio anual. Art. 201 bis.1 LGT
Manipulación de datos contables Alterar o borrar registros, ocultar ventas o utilizar dispositivos que permitan falsear la contabilidad. 150.000 € por ejercicio anual. Art. 201 bis.2 LGT
Falta de certificación del fabricante Comercialización de software por proveedores que no cuenten con la declaración responsable requerida. 150.000 € por cada año de venta. Ley 11/2021 Antifraude
Resistencia u obstrucción Impedir el acceso de la Inspección al software o a los registros de facturación almacenados. Variable (según gravedad). Art. 203 LGT

Requisitos de Verifactu: ¿Qué vigilará la Agencia Tributaria?

Para evitar las sanciones automáticas, un sistema informático de facturación debe cumplir con protocolos de seguridad que la Agencia Tributaria pueda validar. Los inspectores ya no solo revisarán los libros contables, sino que auditarán el propio comportamiento del software.

1. Encadenamiento de registros (Hash)

El sistema debe crear una huella digital única para cada factura que dependa de la factura anterior. Si se intenta borrar o modificar un registro intermedio, la "cadena" se rompe, lo cual es detectado inmediatamente como una infracción grave.

2. Inalterabilidad y trazabilidad

Cualquier edición o anulación de una factura debe generar un nuevo registro rectificativo, manteniendo el original intacto. El software debe llevar un log de eventos que registre quién, cuándo y desde qué dispositivo se realizó cualquier acción sobre el sistema.

3. Accesibilidad y formato estándar

Los registros deben estar siempre a disposición de la AEAT en formatos electrónicos que permitan su lectura automatizada. La falta de legibilidad o el impedimento al acceso de estos datos durante una inspección se sanciona bajo el concepto de resistencia u obstrucción, con multas que se suman a las de la tenencia del software.


La responsabilidad técnica del contribuyente

El escenario normativo deja claro que la ignorancia técnica no exime del cumplimiento legal. El sistema Verifactu traslada la responsabilidad de la integridad de los datos a la empresa, quien debe asegurarse de que sus herramientas de gestión profesional cumplen con los estándares del Real Decreto 1007/2023.

La multa de 50.000 euros representa un antes y después en la fiscalidad española: la sanción se sitúa en el medio y no solo en el fin.

En este contexto, para evitar sanciones de 50.000 euros, la única vía de seguridad para la pyme es la adopción de sistemas que incorporen de serie la trazabilidad y la certificación requeridas por la Agencia Tributaria. Con la nueva ventana temporal, las pymes tienen hasta 2027 para realizar una migración tecnológica segura y sin riesgos.

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