Plantilla media en segunda y tercera convocatoria del Kit Digital
Las empresas tendrán que calcular el número de trabajadores atendiendo a los 12 meses previos a presentar su solicitud.
Las empresas que tienen entre 3 y menos de 10 empleados pueden presentar su solicitud de Bono digital, en la segunda convocatoria de las ayudas del Kit Digital, a partir del 2 de septiembre del 2022. Además, desde el 20 de octubre del 2022, las empresas de 0 hasta menos de 3 empleados también pueden presentar su solicitud, en la tercera y última convocatoria de este programa de ayudas europeas.
En la segunda convocatoria, Red.es introdujo una serie de cambios, entre los que se encuentra el criterio para calcular el número de empleados, que determina el segmento en el que las empresas pueden presentar su solicitud: Segmento I (de 10 a menos de 50 empleados); Segmento II (de 3 a menos de 10 empleados); Segmento III (de 0 hasta menos de 3 empleados)
Para las nuevas convocatorias del Segmento II y III, las empresas deben tener en cuenta el número de empleados de los 12 meses previos a presentar su solicitud, según las horas cotizadas (si tienes un trabajador a media jornada, contabiliza menos).
También te recordamos que para las empresas del Segmento I el plazo sigue siendo del ejercicio anterior a la solicitud de la ayuda (el año pasado) tal y como indica la infografía de AceleraPyme.
Para asegurarse, la empresa deberá solicitar el Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta, dentro de la web de la Seguridad Social.
* Antes de acceder a iniciar los trámites, cerciórate de tener instalado el certificado correspondiente, en el navegador que estés utilizando.
Pasos a seguir:
- Introduce los datos solicitados:
- “Régimen”: normalmente 0111
- “Cuenta de cotización”: En el primer recuadro el código de 2 dígitos de la provincia y en el segundo el número de la Seguridad Social de la empresa o autónomo como empleador.
- “Fecha desde” - el día actual, pero del año pasado
- “Fecha hasta” - el día de ayer
- “Tipo de impresión”: Online
- Pulsa Continuar y descarga el informe.
¿Eres una empresa con autónomos?
A mayores, si la empresa cuenta con autónomos, socios autónomos y autónomos colaboradores, deberá sumarlos al número de trabajadores que figuren en el informe de plantilla media.
Para ello, hay que solicitar de forma independiente, el informe del Régimen Especial Trabajadores Autónomos (RETA) donde figurarán los trabajadores autónomos en plantilla.
* Antes de acceder a iniciar los trámites, cerciórate de tener instalado el certificado correspondiente, en el navegador que estés utilizando.
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Actuamos de Representante voluntario para tramitar tu solicitud y que no tengas que ocuparte del papeleo con Red.es. Eso sí, necesitamos que consultes antes tu plantilla media, para asegurarnos de presentarla en la convocatoria que te corresponda.
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